Santo Domingo.-El nuevo Código Penal de República Dominicana, aprobado la semana pasada por el Congreso Nacional, contempla sanciones más severas para los delitos más graves que atentan contra la vida, la integridad física y la seguridad pública, con penas que oscilan entre 20 y 40 años de prisión, además de multas en salarios mínimos del sector público.
Uno de los puntos más destacados del nuevo marco legal es la tipificación del feminicidio, abordado en el artículo 93, que lo define como “el hecho que cause la muerte de una mujer en razón de ser mujer”, sin importar su edad, la relación con el agresor o el lugar donde ocurra el hecho.
Esta figura contempla penas de entre 30 y 40 años de prisión mayor, además de multas que van desde 50 hasta 1,000 salarios mínimos del sector público.
El feminicidio agravado, según el artículo 94, se sancionará con una pena fija de 40 años de prisión y una multa de 1,000 salarios mínimos cuando concurran circunstancias específicas.
Entre los agravantes están que la víctima sea una niña, adolescente, envejeciente o persona con discapacidad; que el crimen ocurra frente a familiares o menores de edad; que exista una relación de poder, laboral o sentimental entre víctima y victimario; o que la mujer estuviera embarazada.
También se agrava si el hecho presenta signos de ensañamiento, violencia sexual, mutilación, necrofilia o exposición del cuerpo en espacios públicos.