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sábado, agosto 2

Nuevo Código Penal permite cumplir prisión solo fines de semana y feriado


 Santo Domingo, RD. – El recién aprobado Código Penal de República Dominicana trajo consigo una serie de modificaciones y actualizaciones que, de acuerdo a los legisladores corresponde a los tiempos actuales, como es el caso de cumplir sentencias algunos días de la semana.


Y es que el nuevo Código Penal contempla alternativas para el cumplimiento de penas de prisión en infracciones graves. Según los artículos 63, 59, y 61, el tribunal puede permitir, bajo ciertas condiciones, que la pena se cumpla los fines de semana, días feriados, o en horario nocturno, siempre y cuando la pena no exceda los tres años de prisión menor.


Esta modalidad puede ser revocada si el condenado incurre en ausencias injustificadas, según detalla el documento, así como la supervisión del juez de ejecución de la pena, quien puede revocar la concesión y ordenar que la prisión se cumpla ininterrumpidamente.


Además, se contempla la semilibertad para penas que no excedan los cinco años, permitiendo al condenado pasar un mínimo de horas o días en prisión y el resto del tiempo fuera, cumpliendo actividades específicas.


Asimismo, el fraccionamiento de penas permite que la pena se cumpla por fracciones, siempre que la pena no exceda de un año de prisión.


¿Quiénes no pueden gozar del privilegio?

Estas modalidades no son aplicables para personas condenadas por violencia grave contra mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, envejecientes o en condiciones de vulnerabilidad.