Santo Domingo. El abogado penalista Félix Portes declaró hoy que por ser un asunto de carácter de acción pública, el Ministerio Público está obligado a investigar el incidente ocurrido el expelotero Edwin Encarnación, esposo de la comunicadora Karen Yapoort y el joven Gabriel Martínez Santana.
Portes corroboró la publicación de El Nacional, que dio cuenta que si bien es cierto que las partes pueden llegar a acuerdos en cualquier etapa del proceso, sin importar el tipo de caso, no menos lo es que el Ministerio Público está obligado a investigar cuando los hechos denunciados revisten de acción pública.
“Si bien es cierto que, conforme al nuevo Código Procesal Penal (Ley núm. 97-25), el querellante y el imputado pueden conciliar en cualquier etapa del proceso, no lo es menos que, cuando los hechos denunciados revisten carácter de acción pública, la titularidad de esa acción corresponde al Estado por conducto del Ministerio Público, y no a la sola voluntad de las partes”, precisó Portes.
Sostuvo que el desistimiento o la reconciliación privada no extingue por sí solo la acción penal pública, ni releva al Ministerio Público del deber de rendir cuenta del modo en que dispuso de ella.
“Por ello, el Ministerio Público de La Romana está en el deber de informar, con transparencia, cuál fue la solución procesal que adoptó respecto de su acción”, dijo.
Precisó que es una obligatoriedad del Ministerio Público informar si ante el supuesto acuerdo ordenó un archivo, de ser así, decir si fue provisional o definitivo, y al amparo de cuáles causales.

















