SANTO DOMINGO.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer el recurso contencioso electoral en nulidad interpuesto contra la Resolución 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), mediante la cual fue aprobado el reglamento que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.
Con esta decisión, el TSE concluyó que la vía competente para conocer cualquier cuestionamiento sobre la legalidad o constitucionalidad del reglamento es el Tribunal Constitucional, al considerar que el acto impugnado tiene naturaleza administrativa y no corresponde a la jurisdicción contencioso-electoral.
La acción había sido presentada por la entidad Justicia Sin Fronteras, Inc., que solicitaba la nulidad del reglamento y medidas cautelares de extrema urgencia contra la resolución aprobada por la JCE el 22 de mayo de 2026.
La decisión deja sin efecto el conocimiento del fondo del recurso por parte del TSE, por lo que el tribunal no se pronunció sobre la validez de las restricciones contenidas en el reglamento respecto a la publicación de encuestas electorales.
