El Ministerio Público recibirá el 40 % de los recursos provenientes de los bienes secuestrados, incautados, decomisados y en procesos de extinción de dominio, luego de que el Senado aprobara ayer en segunda lectura una modificación al artículo 82 de la Ley 60-23, que regula la administración de estos activos.
La iniciativa adiciona un literal D) y dos párrafos al numeral 2 del artículo mencionado, con el propósito de establecer un nuevo esquema para la distribución de los recursos obtenidos de esos bienes.
Con la modificación, los recursos serán destinado al Ministerio Público para la coordinación, ejecución y fortalecimiento de las acciones relacionadas con la prevención, protección, atención integral y respuesta institucional frente a la violencia de género e intrafamiliar.
“Los párrafos I y II serán anexos al numeral 2 del artículo 82 de la Ley 60-23, y que, en lo adelante, establecerá que 40% será destinado al Ministerio Público”, subraya un comunicado del Senado.
El proyecto también dispone que el 60 % restante será distribuido entre el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio de Educación y las demás instituciones sectoriales competentes, conforme a sus atribuciones legales, programas y políticas públicas vinculadas a esa materia.
La normativa establece, además, que el Ministerio Público coordinará acciones con esas entidades para fortalecer los mecanismos de prevención, respuesta institucional, protección y asistencia integral a las víctimas de violencia de género e intrafamiliar.
