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martes, marzo 4

Gobierno emite decreto para empezar a cobrar ITBIS por uso de plataformas digitales

 


El presidente Luis Abinader emitió el reglamento que regula la percepción y aplicación del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en los servicios digitales prestados por proveedores extranjeros y consumidos en el país. La medida fue oficializada mediante el Decreto 30-25, publicado en la Gaceta Oficial No. 11186 el pasado 25 de enero de 2025. La medida entrará en vigor seis meses después de haber sido emitido, aproximadamente en julio de 2025.


El ITBIS será aplicado a todos los servicios digitales que sean utilizados, consumidos o captados en República Dominicana.


Cuáles servicios afecta esta medida

Streaming de video y música (Netflix, Spotify, Disney+, etc.).


Publicidad en línea y servicios de redes sociales (Facebook Ads, Google Ads).


Plataformas de intermediación como Uber, Airbnb y similares.


Servicios de almacenamiento en la nube y software como servicio (SaaS).


Venta de productos digitales como libros electrónicos, cursos en línea y videojuegos.


Los servicios que ya están exentos del ITBIS en la legislación vigente, como la educación, la salud, el transporte terrestre y los servicios financieros, no serán afectados por este reglamento.